Febrero 26 - Flipbook - Page 9
Revista cultural año 2026
Artículo primero. Todo el personal afecto a los servicios públicos de interés civil queda
militarizado, con los deberes y atribuciones que marca la ley.
Artículo segundo. Se prohíbe el contacto con las unidades armadas por parte de la
población civil. Dichas unidades repelerán sin intimidación ni aviso todas las agresiones
que puedan sufrir con la máxima energía. Igualmente repelerán agresiones contra
edificios, establecimientos, vías de comunicación y transporte, servicios de agua, luz y
electricidad, así como dependencias y almacenes de primera necesidad.
Artículo tercero. Quedarán sometidos a la jurisdicción militar y tramitados por
procedimiento sumarísimo todos los hechos comprendidos en el artículo anterior, así
como los delitos de rebelión, sedición y atentado o resistencia a agentes de la autoridad,
los de desacato, injuria, amenaza o menosprecio a todo el personal militar o militarizado
que lleve distintivo de tal, cualquiera que lo realice, propague, incite o
induzca. Igualmente, los de tenencia ilícita de armas o cualquier otro objeto de agresión.
Artículo cuarto. Quedan prohibidos los lock-out, huelgas... Se considera como sedición el
abandono del trabajo, siendo principales responsables los dirigentes de sindicatos y
asociaciones laborales.
Artículo quinto. Quedan prohibidas todas las actividades públicas y privadas de todos los
partidos políticos, prohibiéndose igualmente las reuniones superiores a cuatro personas,
así como la utilización por los mismos de cualquier medio de comunicación social.
Artículo sexto. Se establece el toque de queda desde las nueve de la noche a las siete de
la mañana, pudiendo circular únicamente dos personas, como máximo, durante el citado
plazo de tiempo por la vía pública y pernoctando todos los grupos familiares en sus
respectivos domicilios.
Artículo séptimo. Solo podrán circular los vehículos y transportes públicos, así como los
particulares debidamente autorizados. Permanecerán abiertas únicamente las estaciones
de servicio y suministro de carburante que diariamente se señalen.
Artículo octavo. Quedan suprimidas la totalidad de las actividades públicas y privadas de
todos los partidos políticos.
Artículo noveno. Todos los cuerpos de seguridad del Estado se mantendrán bajo mi
autoridad.
Artículo décimo. Igualmente, asumo el poder judicial, administrativo, tanto del ente
autonómico o los provinciales y municipales.
Artículo undécimo. Estas normas estarán en vigor el tiempo estrictamente necesario para
recibir instrucciones de Su Majestad el Rey o de la superioridad.
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